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Tercer juicio a Cerdás en Costa Rica para retirar la absolución al autocultivo

Tercer juicio a Cerdás en Costa Rica para retirar la absolución al autocultivo

Arnau Alcaide

Tras un año de prisión preventiva pendiente de juicio, el abogado costarricense Mario Cerdás se enfrenta a su tercera causa por autocultivo. Pese a que en las dos ocasiones anteriores ha obtenido una absolución (2016) y un sobreseimiento (2018) al no poder probarse el delito de tráfico de drogas que se le trataba de imputar, esta vez se le acusa de “suministro” con el respaldo de una investigación policial.

A la izquierda, Mario Cerdás, el abogado acusado.

Su juicio sentó el precedente en Costa Rica de que no se puede penar el autoconsumo y por ende autocultivo de cannabis cuando no se pruebe su tráfico. Cerdás alegó a Medical Cannabis News que desde el poder judicial consideran que “si se permitía el antecedente” suyo “entonces ellos [el poder judicial] iban a perder la acción penal en contra del cultivo de la planta de cannabis”.

La apertura de su tercera causa este 26 de octubre, causas que se cuentan por la mitad que los allanamientos, está pues fundamentada en un fin, no en un delito. Una suerte de prevaricación judicial que busca facilidades para seguir castigando con la cárcel el cultivo de cannabis.

La pasada absolución de Cerdás, interpretan desde la justicia, suelta la presión sobre el tráfico, para lo que están dispuestos a procesar al autocultivador una tercera vez y conseguir una sentencia modelo que permita castigar el cultivo sin interferencia de los derechos con los que se había fallado a favor del abogado.

Recordemos que la posesión y el autocultivo son inherentes al autoconsumo y por lo tanto están libres de delito en el marco de los derechos y libertades personales, sin afección a terceros. Además, cuando el consumo es medicinal, se ejerce el derecho de acceso a la salud con el cultivo, pues es la forma de abastecerse de una medicina en su forma herbal o tradicional. Este derecho es de obligada garantía por los estados, como bien han reconocido fallos judiciales en países como Argentina, o México, que han obligado a su provisión por el sistema sanitario o la regulación de sus vías de acceso, respectivamente.

La acusación no ha aportado pruebas de compras por parte de personas investigadas del círculo del acusado ni ventas de este, pero esto sí se difundió en los medios al inicio del caso, lo que negó a Cerdás el favor de parte de la opinión pública. En el primer día del juicio, el pasado 26 de octubre, el juez desestimó que se produjese “venta” alguna. Algo que cuestiona la motivación de un juicio para el que además se ha privado de libertad a Cerdás durante un año, mientras daba comienzo.

La policía incautó pequeñas cantidades a gente que salía de su casa y, cuando hace más de un año se produjo el arresto, se difundió que Cerdás les habría vendido a 11 de esas personas. No obstante, la acusación no se atrevió a presentar una causa por tráfico de drogas, como las dos anteriores, y trató de presentarla en forma de suministro de una sustancia ilícita. Tengamos en cuenta que para tratar de probarlo contaron con un infiltrado con cámara oculta que requirió servicios medicinales para una ficticia familiar anciana.

Según la acusación, que Cerdás regalase esas pequeñas cantidades de cannabis a pacientes que le visitaban, se considera suministro de una sustancia ilegal y por lo tanto atentaría contra el bien jurídico protegido Salud Pública, aunque no pudiese considerarse tráfico. Algo con lo que el abogado ha llegado a bromear por ser el primer juzgado por regalar flores. Para su defensa será clave probar que esas personas eran, efectivamente, pacientes, y por lo tanto se afectaba positivamente, sin ningún perjuicio, al bien jurídico.

Algunos contactos de Cerdás también han sido investigados, pero no se ha pedido en la acusación ningún delito de Organización Criminal, por lo que todos los esfuerzos de fiscalía se centrarán en la afectación a la Salud Pública. Unos delitos en ausencia de tráfico que nos suenan en España para el movimiento asociado o las empresas del sector. Cerdás se considera un cultivador por “conciencia”, porque cree en los beneficios de la planta, que no comete ningún delito.

El director de la policía judicial responsable de la comunicación pública del caso tiene una publicación académica de su propio puño y letra que reconoce que, en ausencia de tráfico, el cultivo de cannabis para fines de consumo personal no es un delito en Costa Rica. Cerdás, asegura él mismo en declaraciones a la prensa nacional, ha pasado el coronavirus como el resto de su cárcel, ante la ausencia de medidas preventivas suficientes.

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