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Condenan a 9 meses y 10.000 euros a la Abuela Marihuana

Condenan a 9 meses y 10.000 euros a la Abuela Marihuana

Benito Díaz

La sentencia, conocida el 16 de diciembre, condena a Fernanda de la Figuera, la Abuela Marihuana, a una pena de 9 meses de prisión por un delito contra la Salud Pública y tráfico de drogas. El rodillo judicial también abarca a los socios representantes de su asociación cannábica, Marías x María, condenados a 7 meses. A las condenas se suman la inhabilitación para ejercer cargos públicos y multas de 400 euros en el caso de los socios y de 10.000 euros en el caso de Fernanda.


El activismo se había volcado en defender a una mujer que lleva más de media vida dedicada a proteger el derecho a cultivar y consumir cannabis de forma legal. Una marcha convocada por más de 70 asociaciones la arropó el pasado octubre cuando tuvo lugar el juicio en Málaga.

Organizaciones como la OECCC y ARSECA, respaldados por la CONFAC, han apoyado siempre a Fernanda y a sus socios en este largo periplo judicial que comenzaba en 2014, cuando la policía efectuó un registro en la propiedad de Fernanda. Mediante engaños, los agentes mintieron para acceder a la propiedad, y también actuaron violentamente en una escena que la propia Fernanda comparó durante el juicio con “los Guerrilleros de Cristo Rey entrando al café Gijón en los años 70”.

Fernanda de la Figuera, activista de 76 años y cuyo estado de salud se encuentra comprometido, ya había sido absuelta por cargos similares en dos ocasiones. Su fe en en la libertad del cannabis y su militancia feminista le llevó a crear la asociación Marías x María en 2010. En ella, mujeres con problemas tenían la posibilidad de acceder al cannabis medicinal sin ponerse en peligro. “Un hombre sale a la calle y enseguida encuentra un dealer, pero las mujeres lo tienen más complicado. Les enseño a cultivar, a aprovechar las bondades de la planta para sus problemas femeninos, como los dolores menstruales, molestias del embarazo… Es una medicina natural, se usaba para lo mismo hace 5.000 años, no vamos a descubrir nada nuevo”.

Fallo del tribunal

La sentencia obedece a la aplicación del artículo 368 CP que establece: los que ejecuten actos de cultivo, elaboración o tráfico, o de otro modo promuevan, favorezcan o faciliten el consumo ilegal de drogas […] o las posean con aquellos fines, serán castigados con las penas de prisión de tres a seis años y multa del tanto al triplo del valor de la droga objeto del delito si se tratare de sustancias o productos que causen grave daño a la salud, y de prisión de uno a tres años y multa del tanto al duplo en los demás casos.” A continuación, expone la potestad del tribunal para acordar una pena inferior en virtud de “hechos de escasa entidad” “circunstancias personales del acusado”como son los casos de Fernanda, el secretario y el tesorero de MxM.

El tribunal también considera probatorio el que “la asociación Marías por María […] han desarrollado en la práctica, acciones y conductas que sí han favorecido el consumo de la marihuana, por cuanto que, el número de socios es muy elevado (200)no se acredita ni controla que los socios registrados fueran consumidores habituales de la droga, adictos o drogadictos, no se han adoptado medidas de control y de vigilancia para garantizar que la droga que se cultivaba en la finca que posteriormente se distribuía en el local, que el consumo se realizara de forma inmediata en dicho lugar,en la dosis mínima y de consumo inmediato, no existiendo control exhaustivo de la cantidad de droga que cada socio adquiría, ni existiendo supervisión de la persona que lo adquiría. Tampoco se ha evitado que la droga pudiera llegar a manos de terceras personas desconocidas y ajenas a la asociación”.

Otra parte del pliego se refiere concretamente al control que, a razón del juez, deben ejercer las asociaciones ante sus socios. Así, “la acusada María Fernanda, afirmó en el juicio oral que las directrices que se impartían a los socios eran que el consumo de la droga debía ser realizada en el interior del local, si bien reconocía que no existía ningún tipo de control de que esto realmente fuera así, dado que no eran policías ni vigilantes, ni podían impedir que los adquirientes de la droga salieran del local con ella, que no se podía cachear a los socios, y que no puede descartar que algún socio sacara cogollos del local, por ello […] No basta con la mera mención de una directriz genérica a los socios de que deben consumir en el local o una referencia a que se le decía a los socios que lo hicieran, sino que, los responsables de la Asociación, ahora acusados, debían haber adoptado los medios y medidas de vigilancia y control para garantizar en la práctica que dicho consumo se realizaba en el interior del local, y que nadie sacara droga de dicho establecimiento”.

El documento reconoce solo parcialmente las alegaciones aportadas por la defensa

Señala la entrada en la finca como correcta y la presunta irregularidad en la cadena de custodia como carente de pruebas. Además, descarta el error de prohibición o error invencible alegado por la defensa, por el que Fernanda estaba convencida de que actuaba legalmente, con un complicado, si no vacío, argumento: el Tribunal lo desestima porque se podrían haber “adoptado” medidas de “vigilancia, control y supervisión concretas de las actuaciones de los socios, y de la llevanza de la Asociación” que “podrían haber evitado transgresiones de la legalidad”. Solo retórica o no, lo ha considerado vencible por este motivo. El Tribunal sí ha aceptado rechazar la «notoria importancia», restando gravedad, y la nulidad del registro, pese a que la encuentre insuficiente para descartar los cargos porque considera que tiene otras pruebas.

Persecución progresiva a las Asociaciones Cannábicas

Algunas voces ya advierten que se está endureciendo la persecución estatal a activistas, asociaciones y clubes con la intención de reducir las opiniones e información al respecto de una regulación alternativa de la marihuana. Esto conduciría a un escenario en el que silenciarían la lucha cannábica en favor de las grandes corporaciones multinacionales que persiguen una legalización a la medida, sobre todo la penalización dura y severa del autocultivo.

Las duraciones de las condenas dejan entrever que es posible que la situación se solucione con un recurso de amparo, un tirón de orejas para escarmentar de un plumazo a activistas y asociaciones. Eso sin descuidar la cuantía económica de las multas, de difícil reducción. Un aviso a otros miembros de la comunidad cannábica. Una advertencia según la cual las palabras más pesimistas podrían llegar a tener razón.

El país se encuentra en una encrucijada de caminos, con la posibilidad de un gobierno socialista en el horizonte. Recordemos que uno de los máximos aspirantes a título de poder, Pablo Iglesias, presidente de Podemos que ahora se postula como próximo vicepresidente de gobierno, hizo de la regularización del cannabis una de sus propuestas estrella en el programa electoral. Incluso visitó el Congreso de los Diputados junto a las principales asociaciones cannábicas para escuchar sus propuestas y plantear soluciones que amparen a estos colectivos.

Hasta hoy no ha vuelto a mencionar el tema, ni proporcionado más información al respecto.

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