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El cultivo solidario de cannabis, otro acceso democrático

El cultivo solidario de cannabis, otro acceso democrático

Arnau Alcaide

El cultivo solidario es una forma de acceso al cannabis que consiste en que otra persona se hace cargo de tu cultivo personal. En este sentido, es un acceso similar al autocultivo, pues se basa en que toda persona tiene la posibilidad de cultivar la Cannabis para sí misma. Pero lo característico del cultivo solidario es que precisamente lo es con las personas más necesitadas de un uso medicinal, pues muchas no pueden cultivar o no tienen los conocimientos y no obstante se podrían beneficiar mucho del acceso al cannabis. Con su figura se contempla la posibilidad de acceder al cultivo a través de otro y cubre el papel que tienen las asociaciones en España en la provisión a pacientes.

Solo es legal en Argentina pero se basa en el mismo derecho que el autocultivo

Se entiende que la figura sea una demanda extendida en los colectivos cannábicos de América del Sur y América Central. De momento, solo en Argentina han logrado su aprobación legal. Aunque cultivar una planta sea lo más natural del mundo, con la cannabis hecha tabú esta forma de acceso nos resulta menos conocida en España. Pero autocultivo, asociaciones y cultivo solidario, con definiciones complejas, se basan en algo muy natural y simple, que es que no cabe el impedimento legal en cultivar para uno mismo, incluso en una política prohibicionista con la planta, pues priman los derechos fundamentales y civiles, cuando los haya. Algo que por primera vez en la historia del prohibicionismo ha sido ratificado por la máxima autoridad de un estado: la Suprema Corte en México. Aunque en Argentina el Tribunal también falló que la Seguridad Social debía proveer, lo que se puede entender también como que obligó a facilitar el acceso.

Todas estas formas tienen en común que reivindican que existe un derecho de acceso personal a una planta útil, pese a que esté prohibido su comercio; derecho que está mucho más garantizado alrededor del globo cuando se trata del acceso por motivos médicos, aunque se den regulaciones surrealistas del medicinal sin acceso a cultivo personal. Incluso en México, donde su Agencia del Medicamento (COFEPRIS) está obligada por fallo de la Corte a conceder el permiso de autocultivo a cualquier persona, es una demanda latente que se habilite el cultivo solidario, entre otras cosas que se han quedado en el tintero regulatorio y que requieren de un desarrollo regulatorio mayor posterior a que la Corte tumbara la prohibición del cultivo personal.

Menos conocido en España por el papel de las asociaciones

En España la provisión medicinal, a falta de una regulación, la prestan las asociaciones desde hace años, alcanzando en la actualidad un volumen de 3000 pacientes atendidos en asociaciones federadas, aunque desde la Confederación estiman otros 1000 en las que no lo están y siguen otros programas o simplemente cumplen la ética de abastecer en casos medicinales. Es por eso comprensible que resulte menos acuciante encontrar otras vías de acceso amparadas en el derecho diferentes al autocultivo y las asociaciones. Allí donde no las hay, la legalidad del cultivo solidario es tan importante como la importación del modelo CSC para democratizar efectivamente el acceso al cannabis.

Sigue penándose como delito contra la salud pública

En Costa Rica, por ejemplo, Mario Cerdás vio ratificada su sentencia a 8 años de cárcel este junio por regalar cogollos a gente que le visitaba para hacerle consultas terapéuticas, un destripamiento de derechos que no tendría cabida con alguna forma de cultivo solidario regulado, pues sería inconcebible una pena de cárcel para alguien que ayuda a otra persona de su cultivo personal. Fue condenado por «suministro», una figura que se creó entonces a medio camino con el tráfico para poder imputarle un delito contra la salud pública que en la práctica es un delito de tráfico de drogas. Esto ocurre cuando se había generado jurisprudencia precisamente en dos causas contra el mismo Cerdás que clarificaba que el hecho penal era el tráfico y no el autocultivo. Incluso se probó la ausencia de beneficio económico y el fin médico de los regalos.

Pero en la misma Argentina, donde el activismo logró que se regulase el cultivo solidario con las mismas normas que el autocultivo, nueve plantas por domicilio y persona, se suceden los problemas del tipo penal cuando un cultivador solidario se excede legalmente y trata de ayudar a más de una persona: con más de 9 plantas, el cultivo legalmente permitido, algunos cultivadores solidarios se enfrentan a la cárcel por un delito moral, cuya supuesta víctima es en realidad víctima de la dejadez de su estado.

El cultivo solidario es una demanda extendida entre el activismo cannábico sur y centroamericano de la que podemos aprender para las zonas rurales que no cuenten con asociaciones, pues la posibilidad de dotar legalmente a quien no puede cultivar de una forma de acceso al cannabis que se enmarca en las relaciones naturales con la sociedad y el medio es un derecho más que podemos adquirir las personas usuarias.

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