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Persecución al CBD: revelamos la instrucción del fiscal jefe antidroga

Persecución al CBD: revelamos la instrucción del fiscal jefe antidroga

Benito Díaz

Las actuaciones policiales que se están llevando a cabo contra tiendas especializadas y cultivos de cáñamo, en busca de productos ricos en CBD, se extienden ya por más de un mes. Intervenciones en La Rioja, Madrid, Navarra, Aragón, Andalucía, Asturias, Cantabria y Cataluña que hayamos conocido, motivadas por órdenes de la Fiscalía Antidroga, causan perjuicios al sector por valores de decenas de miles de euros. Cannabis.es ha tenido acceso al documento en el cual la fiscalía especifica sus argumentos.

La inexistencia de una regulación que establezca de forma clara y concisa la legalidad de los cultivos y puntos de venta de CBD en nuestro país, ha dado pie en este caso para cimentar las dudas de la fiscalía y ejercer sus mandatos de forma arbitraria, como afirman fuentes de la Confederación de Federaciones de Asociaciones Cannábicas (CONFAC) y el Observatorio Europeo del Consumo y Cultivo de Cannabis (OECCC).

Cannabis.es ha logrado acceder al pliego de la Fiscalía, donde la máxima autoridad establece las causas que le llevan a la orden de intervención y registro, en este caso, de las plantaciones de CBD situadas en Andalucía. Por supuesto, son criterios aplicables en cierta medida a las tiendas especializadas, sin entrar en detalles concretos.

La instrucción

La extensión del escrito es de tan solo tres páginas. En el comienzo, explica que todo parte de una consulta motivada por fiscales en Andalucía, “ante la problemática surgida por la proliferación de plantaciones de cannabis supuestamente destinadas a fines industriales y/o medicinales, pero que, en determinados supuestos implican una extracción y distribución a terceros, de cogollos y sumidades floridas, u obtención de CBD, actividades que deben considerarse prohibidas”.

El texto continúa explicando que se están siguiendo procedimientos penales contra estas plantaciones. En unos casos, de forma independiente al porcentaje de THC que contengan, ignorando la legislación europea y a su vez, “mientras que, en otras como Sevilla y Granada, solo si se supera ese porcentaje”. Las líneas no mencionan el porcentaje citado, dejándolo al entendimiento de la persona que puede saber o no a qué se está refiriendo.

La comunicación de la Fiscalía, advierte que antes de tomar una resolución, ha solicitado información a los delegados de este grupo especial. Desde Madrid, la Delegada insiste en aplicar la sentencia STS 378/20250 del ocho de Julio que “considera indiferente el grado o proporción de THC, porque la marihuana no está fiscalizada en función del índice de THC sino la misma planta (inflorescencias junto con las hojas unidas a ellas y resina) lo que explica que muchos laboratorios no determinen el nivel o proporción de THC en sus análisis”, aclaran las páginas. Aseguran que la mencionada sentencia distingue entre las plantas de cannabis y las de cáñamo para uso industrial, pues “presentan diferencias morfológicas, escasa fluorescencia (en el documento original) y resulta de difícil cultivo en el interior”. Además, el Delegado de Alicante ha dado traslado a un Oficio de la Guardia Civil, dirigidos al Presidente y Fiscal Jefe provincial al respecto de la problemática de diferenciar las partes de la planta y sus posibles usos. Al parecer, dudan entre los distintos regímenes que pueden aplicarse, según sea hoja, tallo, raíces, flores, et, de uso industrial.

La documentación continúa, haciendo hincapíe en que los agricultores no pueden llevar a cabo plantaciones de cáñamo para obtener CBD como extracto o tintura de cannabis, “independientemente de su contenido en THC, que únicamente es legal cultivar cáñamo con fines industriales mediante semillas certificadas de determinadas variedades de aquél, que es necesario inscribir la explotación y realizar la declaración anual de producciones en el Registro de Explotaciones Agrarias y Forestales de Andalucía y que es conveniente comunicar al puesto más cercano de la Guardia Civil o de la Polícia Nacional el emplazamiento y la finalidad del cultivo, antes de iniciar cualquier práctica de cultivo”. Aún así, este movimiento no significa nada, como ya sucedió en el caso de Fernanda de la Figuera.

La sexta indicación, resaltada en negrita, expone uno de los máximos argumentos al respecto de estas intervenciones. “Como se ha dicho en el apartado anterior, según la Convención Única de las Naciones Unidas de 1961 sobre estupefacientes, integrada en España por la Ley 17/1967, del ocho de abril, las sumidades floridas tienen la consideración de estupefacientes, estando incluido el cannabis en la lista I del Convenio, independientemente de la proporción de THC que tengan”. Este punto en concreto, contempla la aplicación de una ley desfasada por las actualizaciones llevadas a cabo por la propia ONU.

Los folios concluyen con una serie de indicaciones al respecto de plantaciones de cáñamo y “la posible derivación de algunos de sus componentes (especialmente los cogollos y /o sumidades floridas) para un tráfico que debe considerarse prohibido y constitutivo de delito pero que, dadas las circunstancias aconsejan incluir una serie de prevenciones, dirigidas a los cuerpos y fuerzas de Seguridad del Estado”. Estas indicaciones incluyen la declaración del cultivo al organismo competente o autorizado por la AEMPS, entidad encargada de adjudicar los permisos de cultivo. Se debe poseer también la documentación pertinente, certificación de las semillas y su posición en la lista de simientes autorizadas. De no encontrarse, la plantación será tratada de ilegal y se procederá a su incautación o inmovilización. “Un segundo paso consiste en comprobar que no se ha realizado actividad alguna dirigida al tráfico de las partes de la planta que se consideran incluidas en el Convenio. En caso contrario, deberá procederse a la intervención, al menos de dichas partes, incoando el pertinente atestado”.

ConFAC

Conversamos con José Afuera, Coordinador Federal y Portavoz de ConFAC. “Fiscalía ordena a la policía que lleve a cabo una actuación contraria a la propia ley del Estado. La ley dice que todas las plantas que no lleguen al 0,2% de THC, no son estupefacientes. Se trata de una orden ilegal e ilegítima, que tendrá consecuencias económicas para el sector, pero ninguna para la Fiscalía General del Estado. Nos resulta algo poco serio”, declara el representante. “Según la ley, usted puede cultivar Cannabis industrial. Lo que están diciendo ahora es que, para hacer Cannabis industrial, no puede generar flor. Desde mi punto de vista, se trata de una incapacidad para controlar todos los cultivos que hay. Así, como no podemos hacer análisis de todas las plantaciones, revisar que todas las flores tengan el porcentaje correcto de THC, pues entonces diremos que todo es ilegal. Según Afuera, la solución debería pasar por el establecimiento de una ley concreta que sea capaz de regular todas las novedades en torno al cannabis y los cannabinoides, actualizándose para ayudar a las fuerzas de seguridad a tener unos criterios claros de actuación.

«Pasó hace tiempo con el Impuesto al Sol y los miles de pequeños inversores que han perdido su negocio, mientras Endesa e Iberdrola son líderes en energía solar diez años después»

En este momento, lo que parece que se está haciendo es llevar a cabo una limpieza de pequeños productores para que de aquí a unos años nos lo vendan todo las grandes multinacionales. Lo suelo comparar con lo que pasó hace tiempo con el Impuesto al Sol y los miles de pequeños inversores que han perdido su negocio, mientras Endesa e Iberdrola son líderes en energía solar diez años después”, explica el representante de ConFAC. “De forma personal, creo que esto es un caso claro de prevaricación (delito consistente en que una autoridad, un juez o un funcionario dicte a sabiendas una resolución injusta). Los cultivadores de CBD deberían organizarse para defender sus derechos y denunciar esta situación para perseguir estos hechos”.

Las semillas a granel también las incautan; marcas conocidas, productos no etiquetados en castellano y parafernalia, son los objetivos en las intervenciones a Grow Shops, a la vez que se toman notas y fotografías de todos los artículos disponibles, según nos comentan.

La policía entra en cultivos desde siempre. El tema es que, si la Fiscalía da la orden, la policía tiene que actuar de forma injusta e ilegítima, contraria a la ley. Eso trae muchos problemas a muchos cultivadores. Aunque no a todos, habría que ver a quién le entran y a quién no. Hay mucha arbitrariedad, estaría bien tener los datos, pero no están disponibles”, aclara Afuera. “Se está haciendo ahora porque las extensiones de cultivo de CBD se han multiplicado. Esto genera más CBD; por ejemplo, solo en España se está produciendo más CBD del que se necesita en toda Europa. Esto hace que el precio baje. En 2018 el precio de un kilo de CBD puro era de 18.000 euros. Hoy por hoy, el precio de un kilo de CBD puro no sobrepasa los 1200 euros. Esto no beneficia a los que tienen licencia del Estado”.

El mercado del CBD intenta abrirse camino en nuestro país con una primera sentencia según criterio europeo a pesar de los constantes envites de la justicia, que sigue anclada en una realidad anacrónica sin contemplar avances científicos y sociales. Una industria multimillonaria que, hoy más que nunca, atrae la atención de jugadores que buscan una legislación a medida.

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