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Francia prohíbe la flor de CBD y tantea la legalidad europea

Francia prohíbe la flor de CBD y tantea la legalidad europea

Arnau Alcaide

Francia prohíbe la venta directa de flor de CBD al consumidor y limita la mercancía al uso industrial para extractos, que será en adelante la única forma de acceso al CBD en el país. La prohibición también afecta a la posesión y el consumo del fruto del cáñamo, cultivo cuya legalidad sigue vigente pero que, a partir de ahora, solo podrá comercializarse con la industria del procesamiento cuando se trate del cogollo, la parte más rentable. El decreto especifica por primera vez la legalidad comercial de estos extractos, que había quedado impuesta por decisión judicial a nivel europeo hace poco más de un año atrás. Francia es el primer productor de la Unión Europea con el 70% del volumen total a datos oficiales de 2019.

«Las flores y hojas [del cáñamo] sólo podrán cosecharse, importarse o utilizarse para la producción industrial de extractos. En particular, se prohíbe la venta a los consumidores de flores u hojas crudas en todas sus formas, solas o en combinación con otros ingredientes, su posesión por los consumidores y su consumo«, reza el decreto ley. Se basan precisamente en que la jurisprudencia dictada por el Tribunal Europeo de Justicia, que fue posteriormente avalada por la Comisión Europea, no matizó sobre la flor, sino que habló del CBD, lo que puede interpretarse que fue solo de la molécula; así ha apostado por ello Francia, que venía queriendo limitar su distribución.

De forma necesaria también se regula la mediación entre agricultura e industria del procesamiento, que deberá incluir el volumen y precio de la mercancía y un contrato específico cuando el agricultor sea francés que se deberá firmar antes de tener la cosecha. Esta es ya la única forma de comercialización vigente para la flor de los cultivos y amenaza grandes pérdidas en el sector agrícola. «La compra de flores y hojas de cáñamo producidas en territorio francés es objeto de un contrato escrito entre el productor y el comprador. El contrato incluye información sobre el volumen y precio de los productos. El contrato puede incluir información sobre la calidad esperada de los productos. El contrato se concluye antes del inicio de la campaña de producción».

En pregunta europarlamentaria a la Comisión Europea, un eurodiputado maltés preguntó la normativa que se debía aplicar tras el aval de la Comisión a la postura judicial europea sobre el CBD, pero no vio aclaradas todas las dudas que deja la situación vigente,

El Sindicato del Cáñamo ya ha iniciado el proceso legal para pedir su anulación por invalidez

El Sindicato del Cáñamo ha reaccionado en redes diciendo que «es increíble que Francia quiera seguir ignorando la ley en la materia y tomar decisiones exactamente opuestas a los objetivos que despliega en salud o lucha contra el tráfico». Su presidente, Aurélien Delecroix, explicó a la agencia AFP de noticias, según cuentan medios franceses, que ha iniciado los trámites para solicitar la suspensión del decreto. El proceso tiene que pasar por el Consejo Constitucional y posteriormente por el Consejo de Estado.

“Es un avance si lo comparamos con España, claramente”

El abogado de Brotsanbert especialista en CBD, Joan Bertomeu, considera que es un avance comparativo entre países y lo analiza: “El decreto ha sido muy criticado por la doctrina y su destino todavía es incierto dado que presenta más sombras que luces”.

“En primer lugar vemos cómo se contradice la Sentencia del TJUE en el caso Kana-Vape, en tanto que se sigue acudiendo a criterios interpretativos que, lejos de centrarse en los efectos tóxicos y psicoactivos de una sustancia, se siguen fijando en su forma de presentación. Se discrimina así el extracto de la flor y la hoja crudas, y se prohíben, sin ninguna justificación científica, estos dos formatos. Y se hace cuando, además, la hoja, a parte de no ser empleada para el consumo, tampoco se encuentra fiscalizada en virtud de la Convención de 1961”, explica el abogado.

“Por ello, este intento de limitar el comercio de flores y hojas de cáñamo parece no tener mucho recorrido, dado que debe ser validado por el Consejo Constitucional; teniendo en cuenta además que el Tribunal Supremo Francés dijo en junio de 2021 que las Flores de cáñamo producidas legalmente en otro estado de la Unión no podían prohibirse en Francia”, recalca de la contradicción.

“Si bien es cierto que limita el cultivo de flores de cáñamo únicamente a su exportación o la fabricación de extractos, lo que supone un avance insuficiente, sí es importante la legalidad específica de los extractos, que debería tenerse en cuenta por parte de las autoridades españolas que siguen considerando que el cultivo y comercio de la planta de cáñamo debe limitarse a la obtención de fibra o semillas”, compara con España.

“En el Estado Español sigue considerándose cualquier otro fin como cultivo de estupefacientes, lo que ha implicado que muchos agricultores se encuentren a día de hoy sometidos a procedimientos penales por cultivos no psicoactivos y que son legales en el resto de países de la Unión Europea.Al menos este decreto entierra este tipo de interpretaciones que sitúan a España en una situación cada vez más alejada de la realidad jurídica de los países de nuestro entorno en cuanto al cultivo y comercio de cáñamo”, concluye.

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